Tu guía completa para entender y gestionar tus obligaciones tributarias de manera simple y eficiente

Navega el sistema tributario colombiano con confianza. Todo lo que necesitas saber sobre impuestos, plazos y procedimientos en un solo lugar.

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Acciones Rápidas

  • Consultar RUT
  • Calcular Impuestos
  • Presentar Declaración
  • Descargar Formularios

Tipos de Impuestos en Colombia

Nacional

Impuesto sobre la Renta

Grava los ingresos obtenidos por personas naturales y jurídicas durante el año gravable. Su tarifa varía según el tipo de contribuyente y el monto de los ingresos.

Las personas naturales que superen el monto establecido por la DIAN deben presentar su declaración anualmente. Las empresas tienen tarifas diferenciadas según su tamaño y actividad económica.

Nacional

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Se aplica sobre el consumo de bienes y servicios. En Colombia, la tarifa general es del 19%, aunque existen bienes exentos y con tarifas preferenciales del 5%.

Los responsables del IVA deben presentar declaraciones bimestrales y realizar retenciones en la fuente cuando corresponda. Es fundamental para el comercio y la prestación de servicios.

Nacional

Retenciones en la Fuente

Mecanismo de recaudo anticipado donde el pagador retiene un porcentaje del valor a pagar y lo consigna a favor de la DIAN. Aplica para salarios, honorarios, servicios y otros conceptos.

Las tarifas varían según el concepto y pueden ser sobre renta, IVA o industria y comercio. Es obligatorio expedir certificados de retención a los beneficiarios del pago.

Municipal

Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

Tributo municipal que grava las actividades industriales, comerciales y de servicios realizadas dentro del territorio del municipio. Cada municipio establece sus propias tarifas.

Se debe presentar declaración anual ante la alcaldía correspondiente. Las tarifas oscilan entre 2 por mil y 7 por mil según la actividad económica desarrollada.

Municipal

Impuesto Predial

Grava la propiedad raíz ubicada en el territorio municipal. Se calcula sobre el avalúo catastral del inmueble y las tarifas las establece cada municipio.

El pago puede realizarse en una sola cuota con descuento por pronto pago, o fraccionado en varias cuotas durante el año. Es responsabilidad del propietario o poseedor del inmueble.

Nacional

Impuesto Nacional al Consumo

Aplica sobre el consumo de ciertos bienes y servicios específicos como telefonía móvil, servicios de restaurante y bar, y algunos productos suntuarios.

Las tarifas varían según el bien o servicio gravado. Los responsables deben presentar declaraciones bimestrales junto con la declaración de IVA.

Cómo Pagar tus Impuestos

Pasos para el Pago

1

Accede al Portal DIAN

Ingresa a dian.gov.co con tu usuario y contraseña. Si no tienes cuenta, regístrate con tu número de cédula y RUT actualizado.

2

Genera el Formulario

Selecciona el tipo de impuesto, período gravable y diligencia la información requerida. Verifica todos los datos antes de continuar.

3

Elige Método de Pago

Puedes pagar mediante PSE, débito automático, en bancos autorizados o a través de los portales bancarios en línea de tu entidad financiera.

4

Confirma el Pago

Descarga el comprobante de pago y conserva el recibo de transacción bancaria. Verifica que el pago se refleje en tu estado de cuenta tributario.

Lista de Verificación

  • RUT actualizado y vigente
  • Certificado de firma electrónica
  • Estados financieros completos
  • Soportes de ingresos y gastos
  • Certificados de retenciones recibidas
  • Comprobantes de pagos anteriores
  • Cuenta bancaria con saldo suficiente
  • Información de terceros actualizada
  • Backup de la declaración
  • Recibos de consignación

Plazos y Calendario Tributario

Renta Personas Naturales

Las personas naturales deben presentar su declaración de renta entre marzo y junio, según el último dígito de su cédula. El calendario específico lo publica anualmente la DIAN.

El pago puede realizarse en una o dos cuotas, con fechas de vencimiento escalonadas para evitar congestión en el sistema.

Mar - Jun

IVA Bimestral

Las declaraciones de IVA se presentan cada dos meses, con fechas de vencimiento que dependen del último dígito del NIT. Generalmente entre los días 11 y 21 del mes siguiente.

Es importante mantener al día estas declaraciones para evitar sanciones y poder acceder a beneficios tributarios.

Cada 2 Meses

Retenciones en la Fuente

Se presentan mensualmente, con vencimiento entre los días 11 y 21 del mes siguiente, según el último dígito del NIT del agente retenedor.

Incluye todas las retenciones practicadas durante el mes por concepto de renta, IVA e industria y comercio.

Mensual

Renta Sociedades

Las empresas deben presentar su declaración de renta anual entre febrero y abril, según el último dígito de su NIT. Las fechas exactas se publican cada año.

El pago puede fraccionarse hasta en tres cuotas, facilitando el flujo de caja de las empresas.

Feb - Abr

ICA Municipal

La declaración anual de Industria y Comercio se presenta entre enero y abril en cada municipio, según el cronograma establecido por cada alcaldía.

Los pagos pueden realizarse en cuotas trimestrales mediante el sistema de declaración y pago anticipado.

Ene - Abr

Documentos y Requisitos

Para Personas Naturales

Cédula de ciudadanía vigente, RUT actualizado, certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios y soportes de deducciones como salud, educación y vivienda.

Si eres empleado, solicita el certificado de ingresos y retenciones a tu empleador antes del 31 de marzo. Los trabajadores independientes deben conservar facturas y comprobantes de todos sus ingresos.

Para Empresas

Estados financieros certificados, libro de actas, certificaciones bancarias, relación de terceros, conciliaciones fiscales y todos los soportes contables del período gravable.

Las sociedades deben tener al día su información exógena y cumplir con las obligaciones de reporte ante la Superintendencia de Sociedades cuando corresponda.

Certificaciones Requeridas

Certificado de ingresos y retenciones, certificaciones bancarias, paz y salvo de aportes parafiscales, certificado de cumplimiento de obligaciones laborales.

Para actividades específicas pueden requerirse licencias, permisos sanitarios, registro mercantil actualizado y otros documentos según el sector económico.

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo debo declarar renta como persona natural? +

Debes declarar renta si cumples alguno de estos requisitos: tus ingresos brutos superaron $59.386.000 en 2023, tu patrimonio bruto al 31 de diciembre fue superior a $184.205.000, tus consumos mediante tarjetas de crédito superaron $59.386.000, o realizaste consignaciones bancarias por más de $59.386.000.

También debes declarar si eres responsable del régimen común de IVA o si tienes calidad de agente retenedor.

¿Qué pasa si no pago mis impuestos a tiempo? +

Si no pagas a tiempo, la DIAN aplicará sanciones que incluyen intereses de mora, sanción por extemporaneidad (que puede llegar hasta el 200% del valor del impuesto) y en casos graves, procesos de cobro coactivo.

Es recomendable normalizar tu situación lo antes posible, ya que las sanciones aumentan con el tiempo. Puedes acogerte a facilidades de pago si tu situación económica lo amerita.

¿Cómo puedo corregir una declaración ya presentada? +

Puedes presentar una declaración de corrección a través del portal DIAN, seleccionando la opción "corrección" en el formulario correspondiente. Si la corrección resulta en un mayor valor a pagar, deberás liquidar intereses de mora.

Las correcciones que disminuyen el impuesto solo generan devolución o compensación si se presentan dentro de los términos legales establecidos para cada tipo de declaración.

¿Puedo pagar mis impuestos en cuotas? +

Sí, algunos impuestos permiten el pago fraccionado. La renta de personas naturales puede pagarse hasta en dos cuotas, y la renta de sociedades hasta en tres cuotas, con fechas de vencimiento específicas.

También puedes solicitar facilidades de pago ante la DIAN si tienes dificultades económicas, presentando la documentación que respalde tu situación financiera.

¿Necesito contador para hacer mi declaración de renta? +

No siempre es obligatorio. Si eres persona natural con ingresos menores a $2.374.000.000 anuales y cumples ciertos requisitos, puedes hacer tu declaración sin contador. Sin embargo, si tu situación fiscal es compleja, es recomendable buscar asesoría profesional.

Las empresas generalmente requieren firma de contador público, especialmente si sus ingresos superan ciertos montos establecidos en la ley.

Recursos y Enlaces Útiles